Llegan las avutardas

PUAN 28/03/2012 . Hora: 18:39 . Lecturas: 1

En los próximos días empezaran a arribar a nuestra zona las primeras bandadas de cauquenes o “Avutardas” provenientes de Patagonia. La provincia de Buenos Aires y en menor medida el noreste de la provincia de Río Negro, representan la principal área de invernada de tres especies de cauquenes migratorios; el cauquén común (Chloephaga picta picta y Chloephaga picta dispar), el cauquén cabeza gris o real (Chloephaga poliocephala) y el cauquén colorado (Chloephaga rubidiceps). Arriban anualmente en forma conjunta para los meses de abril - mayo y permanecen, hasta julio-agosto. La prohibición de caza captura, acoso, persecución u hostigamiento esta penado por la ley y es nuestra obligación hacerla cumplir y denunciar a quienes no la cumplan. Para denunciar dichos actos en contra de nuestro patrimonio natural protegido pueden denunciar a las siguientes direcciones:

- UFIMA. Unidad fiscal de Investigación en Materia Ambiental. [email protected] / 011-4342-9886/7 consultar por dependencias en el Interior del país. - Dirección de Fauna Silvestre, Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación Teléfono: (011) 4348-5551 al 8

- Dirección de Áreas Protegidas de Buenos Aires – Organismo Provincial para el desarrollo Sustentable Teléfono: 0800 222 1362

También puede dar aviso a Defensa Civil (103), o dirigir su denuncia a las autoridades de aplicación en las diferentes provincias. A continuación dejo la ley para refrescar memorias de productores, autoridades locales y todo aquellas personas relacvionadas con el tema:

LEY 14038 ARTÍCULO 1°: Declárase de Interés Provincial la preservación de las especies de cauquenes (Chloephaga rubidiceps, Chloephaga poliocephala y Chloephaga picta) en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires. ARTÍCULO 2°: Incorpórese como artículo 4° de la Ley 12250 el presente: “Artículo 4°: Prohíbase por el término de cinco años la caza de los cauquenes (Chloephaga rubidiceps, Chloephaga poliocephala y Chloephaga picta) en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires. Durante ese lapso, el Poder Ejecutivo realizará estudios poblacionales y de comportamiento migratorio de las especies mencionadas y elaborará una estrategia de conservación para las mismas. A los efectos de la presente, queda asimilado a la caza todo acto tendiente a buscar, perseguir, acosar, hostigar o capturar ejemplares. También queda prohibida toda acción tendiente a destruir o modificar las zonas de descanso de estas especies o a alterar el equilibrio biológico de sus poblaciones”. ARTÍCULO 3º: Incorpórese como artículo 5° de la Ley 12.250 el presente: “Artículo 5°: Vencido el plazo fijado en el artículo 4°, no podrá autorizarse la caza de las especies Ch. poliocephala y Ch. picta, salvo por acto del Poder Ejecutivo fundado razonablemente en los estudios mencionados, siempre que la medida sea compatible con la estrategia de conservación mencionada. La prohibición respecto al monumento natural Cauquén Colorado (Ch. rubidiceps) se mantendrá por todo el tiempo de vigencia de la disposición legal que lo declara en tal categoría de conservación.” ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los diez días del mes de septiembre de dos mil nueve. Recordemos que La Cámara de Diputados de la Nación declaró de interés la conservación del cauquén colorado (Chloephaga rubidiceps), cauquén cabeza gris (Chloephaga poliocephala) y cauquén común (Chloephaga picta). Dicha declaración fortalece el trabajo realizado por muchas ONG´s, guardafaunas, investigadores y compromete a las autoridades a seguir profundizando las acciones consensuadas en el Plan Nacional de Conservación de Cauquenes.

--Cualquier duda sobre la misma pueden consultarme via mail: [email protected] -Información eviada por Alejandro Morici
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