No a la incineración en el distrito de Puan

PUAN 25/09/2008 . Hora: 18:55 . Lecturas: 6
Durante la sesión del Concejo Deliberante, el área de Medioambiente a cargo de Maria Allegue, presentó un informe sobre el Horno Pirolítico que se instalará en el ingreso a la localidad de 17 de Agosto. El informe reconoce que "los incineradores de residuos patológicos pueden ocasionar trastornos en la salud de las personas y los escosistemas si los mismos no son controlados adecuadamente."
En el último párrafo de las conclusiones presentadas por el organismo municipal remarca que el "Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (PDS), avala y aprueba el uso de Hornos Pirolíticos, siendo el sistema más utilizado para el tratamiento de residuos patogénicos."
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PROHIBICIONES Y MORATORIAS A LA INCINERACIÓN EN EL MUNDO

ARGENTINA:

2006: El Concejo Deliberante de General Pueyrredón prohibió la instalación de plantas de incineración Ver ordenanza.

2005: La ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, prohibió la incineración de residuos patogénicos y la contratación, por parte del Gobierno de la ciudad, de empresas de incineración de otras jurisdicciones.

2005: La Ciudad de Buenos Aires sancionó una ley de Basura Cero que prohibe la incineración de residuos sólidos urbanos.

2005: El Concejo Deliberante de Villa Regina, Río Negro, sancionó una ordenanza que prohíbe la localización y el funcionamiento de incineradores de residuos dentro del casco urbano y zonas de producción rural.

2005: la legislatura de la provincia de Tierra del Fuego prohibió la instalación de hornos pirolíticos dentro del ejido urbano de las ciudades de Río Grande, Ushuaia y Tolhuin.

2004: La localidad de Villa Allende prohibió la instalación de hornos crematorios y hornos de incineración de todo tipo de residuos. En 2005 aprobó otra ordenanza que prohíbe el ingreso al municipio de residuos peligrosos de otras jurisdicciones.

2004: La municipalidad de Villa Nueva sancionó una ordenanza declarando zona no habilitada para la instalación de incineradores y crematorios al área urbana y de posible crecimiento urbano del municipio.

2004: El Concejo Deliberante de la ciudad de Crespo, provincia de Entre Ríos, sancionó una ordenanza que prohíbe la instalación de plantas de incineración de todo tipo de residuos, incluyendo aquellas que utilicen residuos como combustible, a un radio de 10 km de la delimitación del casco urbano.

2004: La ciudad santafesina de Totoras prohibió la incineración de residuos patológicos. La ordenanza es válida para establecimientos públicos y privados, y también prohíbe el ingreso a la ciudad de este tipo de residuos para su tratamiento o disposición final.

2004: la ciudad de Esquel, provincia de Chubut, prohibió la incineración de residuos. La prohibición incluye a las plantas que utilizan tecnologías de pirólisis, gasificación, plasma, y a aquellas que usan residuos como combustible para producir energía o fabricar productos.

2003: el Concejo de Granadero Baigorria, provincia de Santa Fe, prohibió la incineración de residuos hospitalarios.

2003: el municipio bonaerense de Tres Arroyos prohibió la instalación de incineradores de residuos.

2002: la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires sancionó una ley que prohíbe la incineración de residuos hospitalarios. La ley también prohíbe la contratación de empresas de incineración para el tratamiento de los residuos de los hospitales municipales de Buenos Aires, aún cuando esas empresas estén fuera de la ciudad.

2002: el Concejo de Villa Constitución, provincia de Santa Fe, prohibió la instalación de incineradores.

2002: el Concejo Municipal de Coronel Bogado, provincia de Santa Fe, prohibió la instalación de incineradores.

2002: la municipalidad de Palpalá, provincia de Jujuy, prohibió la instalación de incineradores para cualquier tipo de residuos.

2002: el Concejo de Marcos Juárez, provincia de Córdoba, prohibió la instalación de incineradores.

2002: el Concejo Municipal de Casilda, provincia de Santa Fe, emitió una ordenanza prohibiendo la incineración de residuos peligrosos por 180 días. En noviembre de 2002 la prohibición fue extendida por 180 días más, y en agosto del año 2003 fue sancionada definitivamente.

2002: la Municipalidad de Capitán Bermúdez, provincia de Santa Fe, prohibió la incineración.

2001: la provincia de San Juan prohibió la instalación de crematorios en áreas urbanas y semi urbanas.

ALEMANIA:

1995: el estado más grande, más poblado, y más industrializado de Alemania, Renania del Norte/Westfalia, prohíbe los incineradores de residuos sólidos urbanos.

BIELORUSSIA:

2008: El gobierno ha sancionado la Ley de Gestión de Residuos que incorpora el principio de Extensión de Responsabilidad del Productor y prohíbe la incineración de residuos.

BRASIL:

1995: la municipalidad de Diadema, Estado de San Pablo, aprobó una ley prohibiendo los incineradores de residuos municipales. El concejo de la ciudad declaró que el problema de los residuos debe ser tratado utilizando políticas de reducción, reutilización y reciclaje.

CANADÁ:

2001: la provincia de Ontario aprobó un plan de manejo de residuos peligrosos que incluye el cierre de todos los incineradores de residuos hospitalarios.

1995: la provincia de British Columbia adoptó un plan de manejo de residuos que incluía el cierre de todos los incineradores de residuos hospitalarios para 1996.

CHILE:

1976: La resolución 07077 prohibió la incineración de residuos sólidos domiciliarios e industriales en 17 comunas de la Región Metropolitana.

ESLOVAQUIA:
2001: prohibió la importación de residuos para incinerar.

ESPAÑA:

1995: el gobierno de la región de Aragón estableció como forma requerida de tratamiento de residuos hospitalarios el tratamiento por autoclaves, eliminando la incineración de residuos hospitalarios.

ESTADOS UNIDOS:

ESTADOS

Delaware, 2000: el estado prohíbe la instalación de nuevos incineradores de residuos sólidos en el radio de 3 millas (4,82 km) a residencias, iglesias, escuelas, parques, u hospitales.

Iowa, 1993: el estado impuso una moratoria para los incineradores comerciales de residuos médicos. La moratoria sigue en vigencia. No abarca a los incineradores operados por los hospitales o consorcios de hospitales.

Louisiana, 2000: prohibió que las municipalidades de más de 50.000 habitantes posean, operen o contraten incineradores de residuos en áreas residenciales o comerciales.

Maryland, 1997: el estado prohibió la instalación de plantas incineradoras de residuos municipales en el radio de una milla a una escuela.

Massachusetts, 1991: el estado estableció una moratoria para la construcción o expansión de incineradores de residuos sólidos urbanos. La moratoria sigue vigente.

Rhode Island, 1992: el estado prohibió la instalación de nuevos incineradores de residuos sólidos municipales. Fue el primer estado en decretar una prohibición semejante en EE.UU.

West Virginia, 1994: el estado prohibió la instalación de nuevos incineradores de residuos municipales y comerciales. La ley no rige para los proyectos de incineración experimental, incluyendo proyectos experimentales de incineración de neumáticos.

CONDADOS

Alameda, California, 1990: se aprobó una iniciativa de los votantes, la “Ley de Reducción y Reciclaje de Residuos” (Waste Reduction and Recycling Act), que prohíbe la incineración de residuos en el condado. Una reglamentación posterior reduce la prohibición a las áreas del condado que no están incorporadas. Sin embargo, no hay incineradores de residuos municipales en el condado de Alameda.

Anne Arundel, Maryland, 2001: el condado prohibió la incineración de residuos sólidos y hospitalarios.

CIUDADES

Athens, Maine, 2007: la ciudad prohibió la incineración de los residuos de las actividades de construcción y demolición.

Brisbane, California, 1988: la ciudad prohibió la instalación de nuevos incineradores.

Chicago, Illinois, 2000: la ciudad prohibió la incineración de residuos municipales. La prohibición abarca la incineración de residuos en escuelas y edificios.

San Diego, California, 1987: una ordenanza estipula que los incineradores de residuos no pueden estar instalados a un determinado radio de escuelas o guarderías, lo que resulta en la ausencia de tierras disponibles para los incineradores.

Ellenburg, New York, 1990: prohibió la incineración de residuos.

Ciudad de New York, 1989: prohibió todos los incineradores en edificios en 1993. Para ese año, los 2.200 incineradores que operaban en edificios en 1989 estaban cerrados.

FILIPINAS:

1999: se aprobó la ley de aire puro (Clean Air Act), que prohíbe todas las formas de incineración de residuos. La ley abarca los residuos municipales, hospitalarios e industriales.

GRECIA:

1994: el gobierno nacional aprobó una ley que declara ilegal incinerar residuos peligrosos en plantas de “recuperación de energía”.

INDIA:

1998: el gobierno central prohibió la incineración de plásticos clorados. La ciudad de Hyderabad, estado de Andhra Pradesh, prohibió la incineración in situ en los hospitales.

IRLANDA:

1999: si bien no hay ninguna prohibición formal, Irlanda cerró todos sus incineradores de residuos hospitalarios.

JAPÓN:

1998: el Ministro de Salud y Bienestar revisó las leyes para permitir la disposición de los PCBs utilizando métodos químicos. Si bien no rige una prohibición formal a la incineración de PCBs, hay una proscripción informal.

MALTA:

2001: todos los centros hospitalarios, públicos y privados, debían dejar de incinerar sus residuos para el 2001.

REPÚBLICA CHECA:

1997: Cepi, en el distrito de Pardubice, prohibió la instalación de nuevos incineradores de residuos.

MORATORIAS:

1985: Suecia implementó una moratoria de 2 años para nuevos incineradores.

1990: En la parte de habla flamenca de Bélgica, la presión pública logró imponer una moratoria de 5 años para los nuevos incineradores de residuos municipales.

1992: Ontario, Canadá, prohibió la instalación de residuos municipales. En 1996 el nuevo gobierno conservador anuló la prohibición.

ESTADOS UNIDOS:

Varios estados en los Estados Unidos, entre ellos Arkansas, Wisconsin y Mississippi, han establecido moratorias para los incineradores de residuos hospitalarios o municipales, que desde entonces han expirado o han sido levantadas. En 1993 la Agencia de Protección Ambiental de EE.UU. (US EPA) estableció una moratoria nacional de 18 meses para la instalación de incineradores de residuos peligrosos.

1982: Berkeley, California aprueba una iniciativa que prohíbe las plantas de incineración de residuos por cinco años. La moratoria permitió a la ciudad desarrollar programas de reciclaje que se convirtieron en un modelo para la nación.

1992: Baltimore, Maryland aprobó una moratoria de 5 años para los nuevos incineradores municipales.
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