Conocé todos los cambios que habrá cuando vayas a votar

Elecciones 10/08/2013 . Hora: 21:31 . Lecturas: 0

A partir de las elecciones legislativas 2013, los padrones incluirán junto al nombre del ciudadano, la foto, un espacio para la firma de los mayores de 16 años habilitados para votar y un comprobante troquelado que se le entregará a cada votante luego de sufragar.

Así será los nuevos padrones: !cid_1444098CD997452B90E63B94941A24D0@anamariaPCTroquel como constancia de emisión del voto

A partir de ahora, ya no se firmará y sellará los documentos de los votantes, sino que éstos recibirán un troquel como constancia de emisión del voto. Una vez que los electores introduzcan el voto en la urna, deberán firmar el padrón, posteriormente se le otorgará un troquel con un código de barra, firmado por la autoridad de mesa, prueba de que cumplió con su deber cívico. Si no te lo entregan no olvides reclamarlo. Recordá reclamar tu constancia

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¿Qué hacer con el troquel?

El elector deberá conservar el troquel hasta que se publique la lista de quienes no fueron a votar. Pueden suceder tres situaciones tras la difusión pública de infractores. 1. Si no estas en el listado podés tirar el comprobante. 2. Si estas en el listado tenés que presentarte para justificar tu voto. 3. Si lo perdiste y estas en el listado, las autoridades deberán acceder al padrón para comprobar tu voto. Si no figuras como infractor, no necesitas hacer ningún trámite ante la pérdida de la constancia.

¿Qué debe contener la constancia de voto?

La constancia de voto tendrá impresos la fecha y tipo de elección, el nombre y apellido completos del elector, su número de identificación y la nomenclatura de la mesa, y la firma del presidente de mesa.

¿Cómo sabrán quienes no votaron?

Los códigos que queden en el padrón, de los votantes que se ausentaron, serán escaneados por la Justicia electoral que así tendrá un registro digital (Base de datos de infractores) para imponer las sanciones que indica la ley. Tené en cuenta que el Registro quedará constituido por la nómina de los electores nacionales mayores de 18 años y menores de 70 años que no hayan emitido el voto, ni hayan justificado su no emisión, indicándose en cada caso si se ha pagado o no la multa correspondiente. La no inclusión de una persona en dicho Registro bastará para tener por cumplida la obligación de votar a su respecto o por justificada su omisión.-

¿Cuáles son las sanciones para los infractores? Conozca la multa y sanciones por no emitir el voto en: SANCIONES POR NO VOTAR. MULTA POR NO VOTAR  La multa por no votar en las primarias asciende a cincuenta pesos ($50).

Como se debe Votar Las elecciones primarias están programadas para el 11 de agosto de 2013. En estas elecciones donde se vota entre los precandidatos presentados por los partidos políticos, se vota como en las elecciones que ya conocemos. Aquí una guía para votar en las elecciones.

ESTE ES EL PROCEDIMIENTO DE VOTACION

1. Ubique la mesa en la que le corresponde votar

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2. Presente su documento cívico (LC, LE, DNI) al presidente de mesa y recibirá un sobre vacío.

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3. Ingrese sin compañía al cuarto oscuro.

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4. Elija su opción electoral e introdúzcala en el sobre que le fue entregado. Respete a los demás electores, utilizando el menor tiempo posible.

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5. Deposite el sobre en la urna dejando ver que es el mismo que le fue entregado.

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6. Firma el padrón

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7. Se le otorgará un troquel con un código de barras, prueba de que cumplió con su deber cívico.

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Después de las elecciones cada juzgado electoral escanea el código de los troqueles que quedaron en el padrón y sanciona a los infractores.

CUANDO ESTAS EN EL CUARTO OSCURO

En el cuarto oscuro se encontrarán boletas de distintos colores, cada una de ellas corresponderá a un partido o alianza diferente. Asimismo, las boletas contendrán las fotografías de los precandidatos, para que cada elector pueda identificar mejor la boleta de su preferencia. En caso que una agrupación política presente varias listas de precandidatos, las boletas serán del mismo color y denominación, pero se podrán distinguir por la letra que sigue al número de lista, y por los nombres y las fotografías de los precandidatos. Como sucedía tradicionalmente, las boletas tendrán distintos cuerpos de acuerdo a las categorías electivas para las cuales el partido o alianza presente precandidaturas. El elector sólo podrá votar por una precandidatura o lista de precandidatos de su preferencia para cada una de las categorías.

Al emitir mi voto, ¿tengo que elegir obligatoriamente la misma boleta para toda las categorías de cargos? NO. En las elecciones primarias, cada elector podrá optar entre distintas listas de una misma agrupación política o de diferentes partidos políticos y alianzas, pero deberá emitir un sólo voto por cada categoría de cargos a elegir: Senadores (en las provincias en las que corresponda) y Diputados Nacionales. Es decir, cada ciudadano puede elegir una boleta completa o cortar boleta por categoría de cargos, tanto entre listas internas de un mismo partido como entre listas de partidos diferentes.

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¿CUANDO UN VOTO SE CONSIDERA NULO?

Lo que NO debe hacer es elegir más de una opción para una misma categoría, ya que su voto será computado nulo.

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CONSTANCIA DE VOTACIÓN

Luego de votar, el presidente de mesa emitirá, firmará y entregará al elector una constancia de emisión del voto que contendrá impresos los siguientes datos: fecha y tipo de elección, nombre y apellido completos, número de D.N.I. del elector y nomenclatura de la mesa.

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