El aumento del gas se pagará a partir de diciembre

PUAN 24/06/2019 . Hora: 18:17 . Lecturas: 0
De esta manera, el incremento del 22% de la tarifa se pagará después de octubre, durante el verano y en cinco cuotas. La medida fue publicada este lunes en el Boletín Oficial. El Gobierno oficializó este lunes la medida que permitirá a los usuarios residenciales de gas de red diferir el pago del 22% de las facturas invernales hasta los meses cálidos. La medida, publicada este lunes en el Boletín Oficial a través de la resolución 336/2019, reglamentó lo que había anunciado hace casi tres meses la Secretaría de Energía: que el consumo de gas de los meses más fríos llegaría con un descuento equivalente al aumento de la tarifa definido desde el 1 de abril. De esta manera, una parte de la factura de los periodos de mayor consumo se abonará a partir de diciembre, cuando el uso del combustible es sustancialmente menor debido a las altas temperaturas. En abril, el Gobierno informó un aumento en la tarifa de gas de red de todo el país del 29%. El mismo se repartiría en tres partes: un 10% en abril, un 9,1% acumulativo en mayo y por último, 7,5% en junio. Pero, además anunció que se diferiría el 22% de la factura de los meses fríos para pagarla a partir de diciembre y que sería el Estado quien asumiría ese costo a través de mayores subsidios. Ahora, y con la reglamentación de la medida, la Secretaría de Energía que conduce Gustavo Lopetegui entregó más precisiones. El diferimiento de pago comenzará a regir con las facturas emitidas a partir del 1 de julio (es decir, que tienen los consumos de junio). Y tendrá vigencia hasta el 31 de octubre (consumos de septiembre). El 22% de lo que se consuma en esos periodos se pagará “a partir de las facturas regulares emitidas desde el 1 de diciembre de 2019 y por cinco periodos mensuales y consecutivos”, hasta las facturas de abril inclusive. Cabe aclarar además que la medida será voluntaria. No obstante, se presume que el usuario aceptará el diferimiento. “Los usuarios beneficiarios de esta medida podrán optar por no acogerse a este beneficio, manifestando esa circunstancias ante la prestadora del servicio, en cuyo caso ésta deberá refacturar el total del monto adeudado”, indicó Energía. El costo financiero del diferimiento “será asumido por el Estado Nacional en carácter de subsidio, mediante el pago de intereses a distribuidoras, subdistribuidoras, transportistas y productores”. Para ello, reconocerá “la tasa para plazos fijos por montos de veinte millones de pesos o superiores a plazos de 30 o 35 días, denominada TM20”. “Esta Secretaría de Gobierno ha evaluado la posibilidad de otorgar una mayor homogeneidad en las erogaciones de los usuarios de tipo residencial, que amortigüen el impacto en las economías familiares de los mayores consumos invernales”, justificó el Ejecutivo. Fuente. Radio Mitre