Ministerio de Desarrollo Agrario: Aviso para la producción y comercialización agropecuaria

Rural 21/03/2020 . Hora: 15:13 . Lecturas: 0

Mediante un comunicado enviado a este medio, el Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires informa que, conforme al Decreto del Gobierno Nacional, 297/2020, Artículo 6°: Quedan exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia.

Entre las actividades exceptuadas de la limitación están:

12. Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

15. Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

18. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

 19- Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.