INUNDACIONES Y SEQUÍA

Productores de 19 distritos bonaerenses tendrán exenciones impositivas de ARBA

Comprende exenciones y prórrogas del Inmobiliario Rural para explotaciones con más del 50 % de afectación.

Distrito 05/11/2025 . Hora: 11:29
  • Cristian Girard, director de ARBA. Foto: NA

Un total de 19 municipios de la provincia de Buenos Aires afectados por las inundaciones se encuentran bajo un régimen de exención impositiva y prórroga del Impuesto Inmobiliario Rural, según precisó la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA).

Los beneficios alcanzan a explotaciones con más del 50 % de afectación.

El director ejecutivo de ARBA, Cristian Girard, subrayó que “estos beneficios están dirigidos exclusivamente a quienes desarrollan la actividad agropecuaria como principal fuente de ingresos y vieron comprometida su producción por inundaciones o sequías”. Y agregó: “Nuestra tarea es acompañar a los sectores que producen, generando alivio fiscal en situaciones de emergencia, con una mirada justa y solidaria del sistema tributario”.

Puntos claves del beneficio

  • Beneficiarios: productores agropecuarios cuya actividad principal fue afectada por inundaciones o sequías.
  • Condición: acreditar al menos un 50 % de afectación (emergencia) o un 80 % (desastre).
  • Beneficios: exenciones y prórrogas del Impuesto Inmobiliario Rural.
  • Adicional: reprogramación de obligaciones crediticias con el Banco Provincia y suspensión de ejecuciones fiscales por seis meses.

Municipios alcanzados

Los 19 distritos alcanzados por las declaraciones de emergencia y/o desastre agropecuario son:

  • Bolívar
  • Carlos Casares
  • Chacabuco
  • Chivilcoy
  • General Alvear
  • General La Madrid
  • General Viamonte
  • Guaminí
  • Hipólito Yrigoyen
  • Junín
  • Las Flores
  • Monte
  • Nueve de Julio
  • Puan
  • Saladillo
  • Tapalqué
  • Tornquist
  • Trenque Lauquen
  • 25 de Mayo

Los productores afectados deben gestionar el certificado de emergencia o desastre ante el Ministerio de Desarrollo Agrario.

Los requisitos son presentar la documentación respaldatoria de la explotación y la constancia de inscripción en ARCA (que acredite el ejercicio de la actividad agropecuaria).

Una vez que la Comisión de Emergencia y Desastre Agropecuario (CEDABA) analiza la documentación y aprueba la declaración, ARBA aplica de manera automática las exenciones o prórrogas sobre el Impuesto Inmobiliario Rural.

"Estos beneficios están dirigidos exclusivamente a quienes desarrollan la actividad agropecuaria como principal fuente de ingresos".

Girard también destacó el trabajo coordinado entre los equipos provinciales y municipales para un monitoreo técnico riguroso, asegurando que los beneficios se definan "de forma transparente y equitativa".

Fuentes lanueva.com y comunicado de ARBA

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