Comunicado de Jubilados y Pensionados Municipales
Primero, una aclaración importante: que el intendente diga en la radio que es un “caso cerrado” no lo convierte en legal ni definitivo. Un intendente no es juez, no es legislador y no puede clausurar derechos adquiridos por decreto.
El intendente Reyes NO puede:
Quitar o modificar componentes salariales que integran la base jubilatoria sin ordenanza del Concejo Deliberante.
Afectar derechos adquiridos de jubilados (art. 14 bis de la Constitución Nacional).
Cambiar el régimen jubilatorio por decreto.
Declarar “cerrado” un conflicto cuando hay reclamos administrativos y legislativos abiertos.
La radio no reemplaza a la ley, un micrófono no otorga facultades constitucionales.
Cuando un intendente se planta como patrón de estancia, las herramientas son estas:
Amparo colectivo de jubilados municipales.
Fundamentos:
Violación de derechos adquiridos.
Reducción arbitraria de haberes.
Uso indebido del decreto para legislar.
Esto suspende la medida y obliga a responder con papeles, no con discursos.
“La Administración no puede disminuir haberes previsionales ya otorgados, ni directa ni indirectamente.”
Si el HCD no actúa, queda políticamente expuesto.
No es ruido: es responsabilidad administrativa personal.
Reyes quiere instalar:
“Está cerrado. No discutan más.”
La respuesta correcta es:
“Perfecto. Entonces ahora discute la Justicia.”
Los dictadores necesitan silencio. La ley necesita expedientes.
“Un intendente no puede cerrar por radio lo que abrió ilegalmente por decreto. Los jubilados no perdimos derechos: los vamos a hacer respetar.”




